El Holter cardíaco puede realizarse durante 24 o 48 horas. Ambas duraciones registran el ritmo cardíaco de forma continua, pero se eligen según la frecuencia de los síntomas y la información que el médico necesita obtener.
Holter de 24 horas
Suele indicarse cuando los síntomas aparecen con relativa frecuencia o cuando se busca una evaluación inicial del ritmo cardíaco.
- Útil si las molestias se presentan a diario.
- Evaluación de arritmias frecuentes.
- Control de tratamientos indicados para el ritmo cardíaco.
Holter de 48 horas
Se utiliza cuando los episodios son menos predecibles y no ocurren todos los días.
- Indicado si los síntomas son intermitentes o esporádicos.
- Aumenta la posibilidad de registrar eventos poco frecuentes.
- Permite una observación más amplia de la variabilidad del ritmo.
Orientación general:
Si los síntomas aparecen “cada tanto” o no todos los días,
el registro de 48 horas puede aportar más información.
La indicación definitiva siempre debe realizarla el médico tratante.
Ambas opciones son estudios ambulatorios y se realizan de la misma manera. La diferencia está en el tiempo de registro y en la probabilidad de captar los episodios que motivan el estudio.